El derecho real de condominio en el Código Civil y Comercial, con especial referencia a la partición(*)
I. Introducción. – II. Características de este derecho real. II.1. El condominio puede ser con indivisión forzosa o sin esta. A. Condominio sin indivisión forzosa. B. Condominio con indivisión forzosa. – III. Presunción sobre la igualdad de partes. – IV. Aplicación subsidiaria de sus normas. – V. Extinción del condominio. V.1. La partición. V.1.1. Derecho a pedir la partición. V.1.2. Características de la acción. V.2. Efecto declarativo. V.3. Evicción y vicios ocultos en la partición. V.3.1. Casos excluidos de la garantía. V.3.2. Defectos ocultos. V.4. Convenios de suspensión de la partición. V.4.1. Publicidad de la indivisión y su cese. V.5. Partición nociva. V.6. Partición anticipada. V.7. Partición provisional o partición del uso y goce. V.8. Causas de nulidad de la partición. V.9. Formas de la partición. A. Partición privada. B. Partición judicial. V.10. Modos de partir. A. Licitación. B. Partición en especie. C. Partición por venta. D. Remate Judicial voluntario. V.11. Registración.
El derecho real de condominio en el Código Civil y Comercial, con especial referencia a la partición(*)
1. Introducción. – 2. Características de este derecho real. 2.1. El condominio puede ser sin o con indivisión forzosa. A. Condominio sin indivisión forzosa. B. Condominio con indivisión forzosa. – 3. Presunción sobre la igualdad de partes. – 4. Aplicación subsidiaria de sus normas. – 5. Extinción del condominio. 5.1. La partición. 5.1.1. Derecho a pedir la partición. 5.1.2. Características de la acción. 5.2. Efecto declarativo. 5.3. Evicción y vicios ocultos en la partición. 5.3.1. Casos excluidos de la garantía. 5.3.2. Defectos ocultos. 5.4. Convenios de suspensión de la partición. 5.4.1. Publicidad de la indivisión y su cese. 5.5. Partición nociva. 5.6. Partición anticipada. 5.7. Partición provisional o partición del uso y goce. 5.8. Causas de nulidad de la partición. 5.9. Formas de la partición. A. Partición privada. B. Partición judicial. 5.10. Modos de partir. A. Licitación. B. Partición en especie. C. Partición por venta. 5.11. Registración.
La denominada medianería en el nuevo Código Civil y Comercial(*)
I. Introducción. – II. Condominio de muros, cercos y fosos. II.1. Muros desde el punto de vista físico. II.2. Muros desde el punto de vista jurídico. – III. Cerramiento forzoso. Muro de cerramiento. – IV. Muro de elevación y muro enterrado. IV.1. Muro de elevación. IV.2. Muro enterrado. – V. Derechos (facultades) y deberes (denominados “cargas”) que emergen de la medianería. V.1. Reconstrucción del muro. – VI. Mejoras en la medianería urbana. – VII. Abdicación de la medianería: arts. 2028, 2029 y 2030. – VIII. Prueba de la medianería: arts. 2010, 2011, 2012 y 2013. VIII.1. Presunciones. VIII.2. Prueba: instrumentos y signos. – IX. Medianería rural: arts. 2031, 2032 y 2033. – X. Condominio de árboles y arbustos: arts. 2034, 2035 y 2036.
El tiempo compartido en el Código Civil y Comercial de la Nación(*)
1. Introducción. 1.1. Reseña de la legislación proyectada anterior al Código Civil y Comercial de la Nación. – 2. El Código Civil y Comercial de la Nación. Consideraciones generales. 2.1. Concepto y clasificación. Bienes que lo integran. – 3. La afectación en el Código Civil y Comercial de la Nación. 3.1. Instrumento de afectación. Legitimación. Contenido. 3.2. Inscripción de la afectación. 3.3. Consecuencias de la afectación. – 4. Derechos del usuario de TC. – 5. Cobro ejecutivo de los “gastos del sistema”. – 6. Operatividad del régimen.
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Algunos temas de propiedad horizontal en el Proyecto de Código 2012(*)
I. Introducción. – II. Disposiciones generales. – III. Objeto de derecho. Cosas y partes comunes. – IV. Reglamento de Copropiedad y Administración. – V. Facultades y obligaciones de los propietarios. – VI. Expensas comunes. – VI.1. Conceptualización de las expensas comunes. VI.2. Obligados al pago de las expensas. VI.3. Ventajas de las que goza el crédito por expensas. VI.4. Vía ejecutiva para perseguir su cobro. VI.5. Imposibilidad de abandonar para liberarse de la deuda. VI.6. Afectación de la cosa al pago. VI.7. Privilegio. VI.8. Las expensas y la protección de la vivienda. – VII. El consorcio. Subconsorcios. VII.1. Personalidad jurídica. Patrimonio. VII.2. Responsabilidad del consorcio y de los consorcistas por deudas del consorcio. VII.3. Subconsorcios. – VIII. Modificación del reglamento. – IX. Desafectación del régimen. – X. Prehorizontalidad.
Conjuntos inmobiliarios en el Proyecto 2012(*)
1. Introducción. – 2. Reseña de los proyectos de ley anteriores al Proyecto 2012. – 3. Proyecto de Código Civil y Comercial 2012. 3.1. Generalidades. 3.2. Marco legal. 3.3. Cosas y partes necesariamente comunes. 3.3.1. Ejercicio del uso y goce de las partes comunes por terceros cesionarios, invitados o usuarios no propietarios. 3.4. Cosas y partes privativas. 3.4.1. Facultades y obligaciones de los propietarios. 3.5. Localización y límites perimetrales. 3.6. Limitaciones y restricciones reglamentarias (art. 2080). Sanciones (art. 2086). 3.7. Gastos y contribuciones. 3.8. Servidumbres y otros derechos reales. 3.9. Transmisión de unidades. – 4. Los conjuntos inmobiliarios y la protección del consumidor. – 5. Los conjuntos inmobiliarios preexistentes.
La defensa de la posesión y la tenencia en el Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación. Primeras reflexiones(*)
I. Introducción. – II. Algunas nociones previas. – III. Algunos principios comunes. A. Art. 2239. B. Ataques que pueden sufrir las relaciones de poder. C. Legitimación. D. Objeto. Cosas muebles. Universalidades de hecho. E. Prueba. F. Procedimiento. G. Prescripción. – IV. Las defensas proyectadas. A. Defensa extrajudicial. B. Defensa judicial. Acción de despojo: art. 2241. Acción de mantener: art. 2242. Suerte de la acción de denuncia de daño temido. – V. Cuadro de las defensas de las relaciones de poder.